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Etapas del proceso

El proceso de Acreditación de carreras cuenta con las siguientes etapas:

  1. Autoevaluación: La autoevaluación es el proceso mediante el cual una carrera reúne y analiza información sobre sí misma, a partir de criterios y patrones de evaluación definidos, con el fin de generar mecanismos de control de su calidad. Para que el desarrollo de este proceso sea provechoso y útil, deben garantizarse un conjunto de condiciones y requisitos. Se trata de aquellos aspectos que deben estar presentes antes de iniciar un proceso autoevaluativo para asegurar su adecuado desarrollo. Estos son, la comprensión cabal del sentido y alcances del proceso, la motivación interna, la aceptación de la evaluación externa, el apoyo explícito y auténtico de las autoridades, el liderazgo y competencias del equipo conductor del proceso y la disponibilidad de recursos humanos y materiales. El proceso de autoevaluación debe culminar en un informe, que sirva de base para el proceso de evaluación externa que validará sus resultados, pero que a la vez, constituya un instrumento útil, que pueda ser consultado en diversos momentos del desarrollo del plan de trabajo y que proporcione una base confiable para el desarrollo de futuros procesos de autoevaluación.

  2. Evaluación externa: Se trata del proceso de validación, por parte de un comité de pares, de las conclusiones del proceso de autoevaluación. Los pares aportan la mirada externa y un juicio calificado; por su experiencia y trayectoria, constituyen un aporte sustantivo y complementario al proceso de evaluación desarrollado al interior de la unidad.

  3. Dictamen de Acreditación: El pronunciamiento de acreditación será adoptado por la Agencia sobre la base de los criterios de evaluación previamente definidos, del informe de  autoevaluación de la carrera, el informe de pares evaluadores y las  observaciones de la carrera. El juicio de acreditación corresponderá a alguna de las siguientes alternativas:Acreditar la carrera por un plazo de hasta 7 años, indicando en los  acuerdos correspondientes la fecha de término de la acreditación. Las carreras de acreditación obligatoria que no cuenten con una promoción de titulados en ninguna de las sedes, jornadas o modalidades en que se imparten, podrán acreditar hasta por un máximo de 3 años.No acreditar la carrera, cuando ella no alcance un adecuado nivel de cumplimiento de los criterios de evaluación y del perfil de egreso definido. En el caso de aquellas carreras impartidas en más de una sede, jornada o modalidad, la CNA podrá determinar que, en caso de incumplimiento de los criterios de evaluación, una de éstas podrá resultar no acreditada. Respecto de aquellas sedes, jornadas o modalidades que cumplen con los criterios de evaluación, éstas acreditarán por un mismo número de años.

En caso que, a juicio de la unidad el resultado de acreditación no refleje el estado actual de desarrollo de la carrera, el proceso contempla las instancias de reposición y apelación del dictamen.